19.9.17

EN XIUTETELCO PROFEPA CLAUSURÓ ASERRADERO POR USO INDEBIDO DE MADERA

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MARTES 19 SEPTIEMBRE 2017


“Esto al encontrar aprovechamiento ilegal de casi 78 metros cúbicos de madera”

Por el incumplimiento del Programa de Manejo de Plantación Forestal Comercial en una superficie de casi 98 hectáreas, al encontrar aprovechamiento ilegal de casi 78 metros cúbicos de madera, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) suspendió de manera total temporal el aprovechamiento forestal amparado con la constancia de registro a un  ejido del Municipio de Xiutetelco, en el estado de Puebla.

Personal de la PROFEPA efectuó visita de inspección en el Ejido Sexta Sección de Xiutetelco, donde observaron la existencia de 70 tocones que no presentaban la marca o el método de marqueo que indicara su legal aprovechamiento de conformidad con la Ley.

Se estima que el volumen aprovechado de manera ilegal es de 77.921 metros cúbicos rollo total árbol, equivalente a 70 árboles del género Pinus sp. (Pino).

El aprovechamiento de árboles sin control, altera y compromete el ecosistema forestal, afectándose de manera directa la capacidad productiva de los bienes, servicios ambientales y de infiltración del agua en el suelo y subsuelo, la recarga de los mantos freáticos, la generación de oxígeno y la captura de carbono.

Con ello se alteran los ciclos biológicos y bioquímicos, lo cual contribuye a la erosión de los suelos y afecta la biodiversidad de la flora y fauna silvestre.

Por lo antes expuesto, la PROFEPA impuso como medida de seguridad la suspensión total temporal de la constancia de registro de la plantación, que permite el aprovechamiento legal comercial del producto maderable, al incumplir con el Programa de Manejo de la Plantación Forestal Comercial con fundamento legal en el Artículo 161, Fracción III, de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS).

De acuerdo con el Artículo 163, Fracción III, de la misma Ley, llevar a cabo el aprovechamiento ilegal de recursos forestales, constituye una infracción que amerita según el Artículo 165, Fracción II, de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable una  multa por el equivalente de 100 a 20,000 Unidades de Medida y Actualización.

Con este tipo de acciones, la PROFEPA refrenda su compromiso de preservar los recursos naturales de México, vigilando la correcta ejecución de los aprovechamientos forestales conforme a lo que establece la Ley en la materia.